sábado, 14 de agosto de 2010

Modalidad de Financiamiento para la Ampliación de la Vivienda Principal

Normas Específicas para la Modalidad de Financiamiento para la Ampliación:



  • El financiamiento será liquidado a favor del beneficiario, en un único desembolso otorgado a la fecha de protocolización del crédito.


  • Una vez cancelado el préstamo, el beneficiario podrá optar a un nuevo financiamiento para ampliación o remodelación, transcurridos tres (3) años desde la fecha de registro del crédito. Éste podrá ser otorgado hasta por dos (2) veces a un mismo beneficiario.


  • El préstamo estará garantizado con hipoteca de primer grado.


  • Los beneficios no podrán vender la vivienda hasta tanto no hayan transcurrido tres (3) años contados desde ella fecha de protocolización del crédito.


  • Cuando incluya Subsidio Directo Habitacional, deberán devolverlo a su valor actualizado si la venta se realiza antes de los cinco (5) años de su adquisición.


  • Para la enajenación del inmueble, deberá contar con la autorización del acreedor hipotecario.

Modalidades de Financiamiento: Remodelación, Ampliación y Autoconstrucción



Normas Específicas para la Modalidad de Financiamiento para la Remodelación:

  • El financiamiento será liquidado a favor del beneficiario en un único desembolso otorgado a la fecha de protocolización del mismo.
  • Una vez cancelado el préstamo, el beneficiario podrá optar a un nuevo préstamo para remodelación o ampliación de la vivienda principal, luego de transcurridos dos (2) años a partir de la fecha de registro del respectivo documento de crédito.
  • Esta modalidad de financiamiento podrá ser otorgado al mismo beneficiario hasta por dos (2) veces.
  • No podrá enajenarse la vivienda hasta tanto no hayan transcurrido tres (3) años contados desde la fecha de protocolización del crédito.
  • Los beneficiarios del Subsidio Directo Habitacional podrán enajenar la vivienda, pero si se realiza dentro de los cinco (5) años contados desde la fecha de otorgamiento del subsidio, deberán reintegrarlo a su valor actualizado al momento de la enajenación (Artículo 59 de la LPVH)
  • El inmueble hipotecado no podrá ser enajenado sin la autorización del acreedor hipotecario, mientras el préstamo no haya sido cancelado.

¿Cuáles Son los Requisitos para la Solicitud de Créditos para la Ampliación, Remodelación y Autoconstrucción de Vivienda Principal con Recursos de la Politica Habitacional ?

Requisitos para la Solicitud de Préstamos Hipotecarios con Recursos de la Politica Habitacional, destinados a la Ampliación, Remodelación y Autoconstrucción de la Vivienda Principal.

El pasado 12 de agosto de 2010, fue publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en su Nº 39.486, el instructivo para el otorgamiento de créditos para la ampliación, remodelación y autoconstrucción de vivienda principal.

En esta entrega, vamos a tocar los lineamientos generales de esta modalidad de financiación.

Normas Generales de la Politica Habitacional para el Financiamiento de la vivienda principal para la ampliación, remodelación y autoconstrucción.

  • El financiamiento para esta programa provendrá del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (faov), el Fondo de Aportes del Sector Público (FASP) y los propios de la Banca.
  • El financiamiento será otorgado a solicitantes o cosolicitantes solventes en el favo con ingresos mensuales hasta cinco (5) salarios mínimos.
A la fecha que escribo estas líneas (14/08/2010) el salario mínimo es de BsF. 1.223,89, es decir, que sólo tendrán opción a este tipo de financiamiento las familias cuyo ingreso no supere Bs.F 6.119,45 al mes.
  • El préstamo será otorgado cuando el terreno sea propio, o en su defecto, el propietario autorice la constitución de hipoteca de primer grado, sólo si la relación con el solicitante o cosolicitante es hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad.
  • Los inmuebles deberán estar en zonas urbanas o rurales que cumplan con los respectivos permisos, debidamente avalada por las autoridades competentes de cada zona.
  • Se aplicará la tasa de interés social mínima variable, cuota financiera y plazos ajustados de acuerdo a cada modalidad.
  • No podrán optar a este préstamo quienes en los últimos cinco (5) años hayan sido beneficiarios de un crédito hipotecario para la adquisición de vivienda principal financiado con recursos de la politica habitacional.
  • El beneficiario deberá cancelar, en caso de mora, el 2,44% de interés anual, sobre la porción de capital de la cuota mensual vencida no cancelada.
En la próxima entrada, tocaremos el tema de las normas específicas para cada modalidad de financiamiento.

viernes, 13 de agosto de 2010

Otorgamiento del Documento de Compra-venta y de Hipoteca

Quinto: Aprobación y firma de la hipoteca en el Registro.

El último paso del proceso consiste en la aprobación definitiva del préstamo por parte del banco y la preparación ante el Registro Público de la protocolización de los documentos de compra-venta y de hipoteca.

Previo a la fecha de la firma, el banco enviará la documentación al Registro de la localidad donde se encuentre la vivienda, con el documento de hipoteca y datos del apoderado.

El día de la firma se citarán a los compradores y vendedores.

Para la protocolización de los documentos respectivos debemos llevar los siguientes documentos:

Escrituras de compraventa y constitución de hipoteca:

  • Documento para su Registro.
  • Fotocopia de la Cédula de Identidad de los Otorgantes.
  • Certificado de Solvencia Municipal.
  • Certificado de Solvencia Hidrocapital (Solo donde este operador preste el servicio de suministro de agua).
  • En caso de que el monto de la venta exceda 3.000 U.T. el propietario debe presentar Declaración de Vivienda Principal expedida por el SENIAT o en su defecto la Planilla de Pago de Impuesto de Enajenación (FORMA33) equivalente al 0,5 % del monto de la operación, debidamente liquidada ante un Banco Receptor de Fondos Nacionales conjuntamente con los R.I.F. de los otorgantes. (Art. 89 ley de Impuestos Sobre la Renta).
  • Ficha Catastral en original.
  • Timbres Fiscales. 0,02 U.T por folio mas 0,02 de U.T. para la nota de registro.

Cuando el registro recibe los documentos, el comprador debe informarle a la institución la fecha de firma del documento.

De acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 68 de la Ley Prestacional de Vivienda y Hábitat, las protocolizaciones y otorgamiento de los documentos, previstos en este artículo deben ser registrados en un plazo no mayor de cinco días hábiles a partir de la fecha de su presentación ante el Registro correspondiente.

Gasto de Derechos de Registro:

En cuanto a los gastos que se incurren por derechos de registro, impuestos, tasas y contribuciones, el Artículo 68 de la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, establece la exención de acuerdo a lo siguiente:

“ Quedan exentos del pago de derechos de registro, y cualesquiera otros impuestos, emolumentos, aranceles, tasas o contribuciones, la inscripción y anotación de los actos o negocios jurídicos relativos al registro de documentos de traspaso de propiedad, de préstamos o créditos hipotecarios, documentos de condominio o cualquier otro instrumento que con ocasión de la adquisición, construcción, constitución y liberación de hipoteca, sustitución, restitución, reparación, remodelación, servicios básicos esenciales, urbanismo y habitabilidad de vivienda principal y única, otorgados en virtud de la ejecución de este Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley.

Las protocolizaciones y otorgamiento de los documentos, previstos en este artículo deben ser registrados en un plazo no mayor de 5 días hábiles a partir de la fecha de su presentación ante el Registro correspondiente.”

Por otra parte, la Ley de Registro Público y del Notariado estable:

Artículo 100. Están exentos del pago de los impuestos, tasas y demás contribuciones, señaladas por esta Ley, además de las establecidas en leyes especiales, los documentos que se refieran a:

  • Actas constitutivas y estatutos de las asociaciones de vecinos y de asociaciones de consumidores, asociaciones de comunidades educativas y organizaciones indígenas, microempresas indígenas de carácter comunitario, así como también los actos que las modifiquen, prorroguen o extingan.

  • La declaración jurada de no poseer vivienda propia.

  • Las certificaciones de gravamen requeridas para obtener créditos con intereses preferenciales a través de leyes especiales, así como los provenientes de cajas de ahorros, fondos de previsión social, para adquirir vivienda principal, a solicitud de la institución financiera.

  • Los títulos de propiedad colectiva de hábitat y tierras de los pueblos y comunidades indígenas.

  • Los actos derivados de los procesos expropiatorios por causa de utilidad pública y social. Los empresarios o empresarias, trabajadores y trabajadoras de pequeñas, medianas y grandes empresas del sector industrial, que habiendo declarado su voluntad expresa de adherirse al acuerdo macro de corresponsabilidad para la transformación industrial, y hayan llegado 'a determinados compromisos y suscrito acuerdos específicos con el Gobierno Nacional, estarán exentos de los impuestos, tasas y demás contribuciones a que se refiere este Titulo. 

Proceso de Aprobación del Crédito Hipotecario

Cuarto: Proceso de aprobación por parte del banco y avalúo del inmueble.

Una vez que el expediente es recibido, la entidad bancaria tiene un plazo de 90 días más una prórroga de 30 días adicionales para aprobar el préstamo, período en el cual, se procederá al avalúo del inmueble, realizado por perito autorizado por la Superintendencia de Bancos y Otras Entidades Financieras, el cuál emitirá un informe indicativo del valor de mercado de dicho bien, para lo cual se concertará una visita a la vivienda para que el perito tome las medidas, tome fotos, observe el estado de conservación del inmueble, si existen mejoras a la propiedad, la condiciones de las áreas comunes, así como el entorno de la vivienda: escuelas, centros comerciales, vías de comunicación, etc.

Así obtenido el valor del inmueble, el banco procederá a la aprobación definitiva del préstamo al 100% de este valor o el precio de compra, el más bajo de los dos, indicando al interesado su aceptación, procederá a la preparación de la protocolización del documento de hipoteca.

¿Cómo Preparar un Expediente de Solicitud de Préstamo de Politica Habitacional?



Tercer Paso: Preparación del expediente para solicitar el préstamo de politica habitacional.
Ya hemos hecho el estudio de viabilidad de la operación, con lo que determinamos el monto que el banco nos prestará y sabemos los requisitos para armar el expediente.

En esta fase del proceso, procederemos a armar el expediente de politica habitacional con todos los recaudos mencionados en la anterior entrada.

A continuación haremos un esquema de como debe ir el expediente, para ello, deberá tener a mano dos carpetas tamaño oficio donde colocará toda la documentación, en original y una copia.


  • Formulario de Solicitud de Préstamo Hipotecario de Politica Habitacional: este documento es entregado por el operador financiero para ser rellenado por el interesado. A continuación un ejemplo de este documento:








  • Apertura de la cuenta bancaria.


  • Colocar los recaudos con el siguiente orden:


  • Datos Generales.

  • Datos Económicos.

  • Datos de la Garantía.

  • Datos de los Vendedores.

  • Presentación del expediente original y copia al operador financiero.

  • Aprobación del préstamo hipotecario.

  • Avalúo del inmueble.

  • Preparación de otorgamiento de documento de compra-venta y de hipoteca ante el Registro Público.


jueves, 12 de agosto de 2010

¿Cuáles Son Los Requisitos Para Solicitar Un Préstamo de Politica Habitacional?

Segundo: Dar cumplimiento a los recaudos que exigen las entidades financieras para otorgamiento de préstamo hipotecarios con los recursos de la política habitacional.

Continuando con el proceso de solicitud de una hipoteca con recursos de la politica habitacional, a continuación indicaré los documentos necesarios para que la solicitud de crédito hipotecario con recursos provenientes del sistema de politica habitacional sea exitoso. Para ello tomaremos como referencia las Normas Técnicas sobre Requisitos y Documentación para el Otorgamiento de Préstamos Hipotecarios para Adquisición de Vivienda Principal, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela del 11 de noviembre de 2009.

Requisitos Generales:

Nacionalidad:
Los solicitantes o cosolicitantes deben ser venezolanos.

En el caso de extranjeros, deben tener residencia legal.
Edad:
Ser mayor de edad.

Ingresos a Declarar:

Declarar el ingreso mensual para el cálculo del Ingreso Total Mensual Familiar del grupo familiar.

¿Cual es el ingreso a declarar?

Trabajadores bajo relación de dependencia:

El ingreso a considerar es el salario integral y cualquier ingresos que no sea ocasional y demostrable. No se consideran ingresos los cupones , ticket o tarjeta electrónica de alimentación.

El ingreso a considerar a efectos de la viabilidad crediticia es el que se declara como base de cálculo de los aportes del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV).

Trabajadores por cuenta propia o accionistas de empresas:

El que resulte demostrable a través de Certificación dd Ingresos y Balance Personal firmado por contador público colegiado, siendo éstos equivalentes al declarado por el solicitante o cosolicitantes como base de cálculo de los aportes al Fondo de Ahorro Voluntario de la Vivienda (FAVV).

Propietarios de Inmuebles:

Para optar a un préstamo hipotecario de recursos provenientes de la política habitacional es necesario no ser propietario ni copropietario de vivienda principal.

Excepción a esta regla:

Cuando el solicitante o cosolicitantes del préstamo hipotecario hayan firmado opción de compra-venta de su vivienda principal con la intención de adquirir una nueva vivienda principal.
Cuando el solicitante o cosolicitantes posean derechos sobre una vivienda como consecuencia de la liquidación de la comunidad conyugal o concubinaria, por separación de bienes en caso de divorcio o posean derechos sucesorales o derechos adquiridos como cosolicitantes de créditos.

Cotización del Fondo:

Para ser objeto de un préstamo habitacional, los solicitantes deberán ser cotizantes activos y solventes del fondo, con un mínimo de 12 meses cotizados, sean consecutivos o no, al momento de presentar su solicitud.

Préstamos Hipotecarios Anteriores:

No haber recibido durante los últimos 5 años, préstamo hipotecario con recursos regulados por las leyes en materia de vivienda y hábitat.

Obligación de Seguir Cotizando:

Los usuarios que hayan sido objeto de préstamos hipotecarios con recursos de la política habitacional, tienen la obligación de continuar efectuando los aportes al fondo.

Documentación Personal:


  • Fotocopia de la Cédula de Identidad de todos los solicitantes.

  • RIF (Registro de Información Fiscal)

  • Acta de matrimonio o Constancia de concubinato.

  • Declaración Jurada Simple de no poseer vivienda principal.

  • Documento de opción de compra en el caso que estén tramitando la venta de su actual vivienda principal para comprar otra.

  • Planilla de solicitud de préstamo hipotecario y subsidio directo habitacional debidamente rellenada y firmada. Esta planilla se solicita al operador financiero.

  • Constancia de apertura de cuenta bancaria.

  • Tres referencias personales.

  • Tres referencias familiares.

Documentación demostrativa de Ingresos:


  • Original y copia de Constancia de trabajo con fecha de emisión no mayor a 3 meses.

  • Referencias Bancarias.

  • Estados de cuentas bancarias.

  • Balance personal firmado por contador público colegiado.

  • Tres últimas nóminas.

  • Declaración de Impuesto sobre la Renta del último ejercicio.

  • Constancia de inscripción en el FAOV.

Documentación de la Garantía (Inmueble a comprar):


  • Documento de propiedad del inmueble.

  • Documento de Condominio.

  • Opción a compra vigente por 90 días con 30 días de prórroga. Este documento deberá ser consignado dentro de los 7 días de su firma con toda la documentación. Si se presenta fuera de este plazo el banco rechazará la solicitud.

  • Certificación de gravámenes sobre el inmueble por un período de 10 años.

  • Si el inmueble está hipotecado, deberá constar la liberación de la hipoteca en el documento de compra-venta a protocolizar.

  • Permiso de habitabilidad para inmuebles a estrenar.

  • Avalúo del inmueble con fecha de emisión no mayor de 90 días.

  • Solvencia Municipal de Impuestos de Inmuebles Urbanos vigente.

  • Ficha catastral.

Documentos de los Vendedores:


  • Cédula de Identidad.

  • RIF.
Documentos para Protocolizar:


  • Cédula de identidad de compradores y vendedores.

  • RIF original de compradores y vendedores.

  • Registro de Vivienda Principal o planilla de autoliquidación de enajenación de inmueble.

  • Original de la solvencia de derecho de frente.

  • Solvencia de Hidrocapital.

  • Original de la Ficha Catastral.

miércoles, 11 de agosto de 2010

¿Cuál Es La Cantidad Máxima Que Me Presta La Política Habitacional?



Primero: Determina la Viabilidad de la Operación:


El primer paso que debemos considerar es determinar cual es el monto máximo que me permite la politica habitacional para comprar mi vivienda.

Para ello, tomaremos como base nuestros ingresos, los cuales estarán conformados por el grupo familiar.

¿Quiénes pueden solicitar el préstamo de politica habitacional?

El préstamo podrá ser otorgado a:




  1. Un solicitante.



  2. Hasta un grupo compuesto por 3 cosolicitantes, conformado de la siguiente manera:



  • Una pareja de casados o concubinos-



  • Hasta 3 cosolicitantes solteros, viudos o divorciados, miembros de una misma familia con parentesco entre ellos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad: padres, abuelos, hijos, sobrinos y primos, suegros, cuñados.



  • Un matrimonio y un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.



  • Una pareja de concubinos y un familiar hasta el cuarto grado de consanguinidad.

El grupo familiar deberá sumar todos los ingresos para determinar cuanto es el monto del préstamo hipotecario y cuál será la cuota a pagar.

Para determinar este importe y la cuota, usaremos un simulador de hipoteca. Vamos a realizar un ejemplo para que determines estos montos.

CASO 1:

Se trata de un grupo familiar conformado por madre, padre e hijo.

Integrantes del Grupo Familiar
Sueldo Bs.F
Madre
1.800
Padre
2.000
Hijo
1.300
Total Ingresos
5.100
Para determinar el monto de la hipoteca y la cuota, usaremos el siguiente simulador de politica habitacional. 

Introduce el monto de 5100 en el recuadro de Ingreso Familiar y pulsa en Calcular. Inmediatamente te dará el Monto a Financiar, el Plazo, la Tasa y el Subsidio, si aplica. En nuestro ejemplo serían los siguientes:

Ingreso Familiar Exacto
5.100
Monto a Financiar
199.431
Plazo
30 años
Tasa
6,61%
Subsidio
No aplica

Como puedes apreciar, para un grupo familiar, cuyos ingresos son de Bs. F 5.100, tendrán opción a un préstamo de politica habitacional de Bs.F. 199.431 a un plazo de 30 años con un interés de 6,61 % anual, con una cuota a pagar mensual del 25% del ingreso familiar, es decir, Bs.F 1.275 mensuales.


En este caso, pongamos que este grupo familiar quiere comprar un apartamento que está en venta en Bs.F 250.000, para poder llevar a cabo esta operación, necesitaría tener ahorros por Bs.F 50.569, ya que la politica habitacional le prestará un máximo de Bs.F 199.431, por lo que la operación sería viable siempre y cuando se contara con los mencionados ahorros.

En nuestra próxima entrada, comentaremos sobre el segundo paso del proceso de solicitud de un préstamo hipotecario con recursos de la politica habitacional.

martes, 10 de agosto de 2010

¿Cuáles Son Los Pasos Para Solicitar El Préstamo De Política Habitacional?

El principal problema que se nos presenta a la hora de presentar la solicitud de préstamo de política habitacional, está relacionado con la documentación y la viabilidad de la operación. En esta ocasión fijaremos los lineamientos para que logremos armar un expediente crediticio que nos asegure la aprobación del crédito de política habitacional.

¿Cuáles son los pasos en el proceso de solicitud de un préstamo hipotecario?

Primero: Determina la viabilidad de la operación.

El primer paso que debemos dar es determinar de acuerdo a nuestros ingresos, cuál es el monto máximo que el banco me puede prestar.

Segundo: Dar cumplimiento a los recaudos que exigen las entidades financieras para otorgamiento de préstamo hipotecarios con los recursos de la política habitacional.

Tercero: Preparación de la solicitud y sus recaudos en los lapsos previstos por la normativa legal.

Una vez que sabemos cual es el monto del préstamo a solicitar y si éste es suficiente para la compra de la vivienda, debemos preparar el expediente crediticio apegados a las normas técnicas que rigen la materia de política habitacional. Este punto es muy importante porque en la medida que tengas la documentación completa, ahorrarás tiempo y evitarás que el banco retrase el proceso de aprobación del préstamo.

Cuarto: Proceso de aprobación por parte del banco y avalúo del inmueble.

Este punto no depende de nosotros, pero es necesario que mantengamos una constante comunicación con el analista de crédito a fin de conocer como marcha el proceso de aprobación de la hipoteca, igualmente para coordinar la visita del perito que realizará el avalúo del inmueble, como un requisito que exige el banco para determinar el valor de mercado de la propiedad.

Quinto: Aprobación y firma de la hipoteca en el Registro.

Una vez que ha sido aprobado el préstamo hipotecario con los recursos de la política habitacional, viene el proceso de preparación de la firma en el Registro de la compra-venta del inmueble y la protocolización del documento de hipoteca. Es necesario que sepamos como es este proceso.

En nuestras próximas entradas, vamos a desarrollar cada uno de estos pasos con lujo de detalles. Hasta la próxima.


Política Habitacional en Venezuela-Normativa Legal



Establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 82, el derecho que tiene toda persona a una vivienda adecuada. A continuación citados dicha norma:

“Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de este derecho es obligación compartida entre los ciudadanos y ciudadanas y el Estado en todos sus ámbitos.

El Estado dará prioridad a las familias y garantizará los medios para que éstas, y especialmente las de escasos recursos, puedan acceder a las políticas sociales y al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de viviendas”.(Subrayado nuestro).

En tal sentido, y para dar cumplimiento a lo anteriormente mencionado, se estableció el Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, bajo el Decreto N 6.072, que viene a sustituir el anterior sistema de política habitacional.

Mediante esta Ley se consagra al Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, en forma explícita la competencia de financiar, con recursos propios o mediante los recursos existentes en los Fondos a que se refiere esta Ley, los planes, programas, proyectos, obras y acciones requeridas para la producción de vivienda y hábitat.

Los recursos destinados al desarrollo social de la vivienda tendrá sus origen en los siguientes aportes:


  • Fondos de Aportes del Sector Público.


  • Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV).


  • Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (FAVV).


  • Fondo de Garantía.


  • Fondo de Contingencia.

Aspectos Importantes de la Ley Prestacional de Vivienda y Hábitat:



  • Establece esta Ley que los créditos hipotecarios para viviendas principales, podrán ser concedidos hasta por el cien por ciento (100%) del valor del inmueble.


  • El FAOV estará constituido por el ahorro obligatorio proveniente de los aportes efectuados por los trabajadores bajo relación de dependencia y sus patronos.


  • El aporte del trabajador se registrará en una cuenta individual.


  • El aporte mensual es el equivalente al tres por ciento (3%) del salario integral. El aporte del trabajador estará constituido por el uno por ciento (1%) de su salario integral y el aporte del patrono corresponderá al dos por ciento (2%).


  • El aporte al faov deberá ser depositado en la cuenta de cada trabajador dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes.


  • Se podrá disponer de los aportes al faov sólo en los siguientes casos: 1) Para el pago total o parcial de adquisición, construcción, ampliación, sustitución, restitución y mejora para la reparación o remodelación de la vivienda principal, refinanciamiento o pago de créditos hipotecarios; 2) Por haber sido beneficiario de la jubilación, pensión de vejez, invalidez o discapacidad, y 3) Por fallecimiento del trabajador.


  • Los haberes del faov podrán ser objeto de cesión total o parcial.


  • Podrán acceder a los beneficios del Sistema Nacional de Vivienda y Hábitat aquellos usuarios que hayan efectuado aporte durante un período de tiempo mínimo de doce (12) meses consecutivos o no.


  • Los usuarios que hayan recibido los beneficios del sistema, tendrán la obligación de continuar aportando al faov.


  • Crea el Subsidio Directo Habitacional, destinado a apoyar a los usuarios del Sistema, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la normativa dictada al efecto. Este subsidio será otorgado por una sola vez.


  • Los beneficios del subsidio directo habitacional podrán enajenar la vivienda para la cual lo hubieren recibido. Pero si la venta se produce dentro de los cinco (5) años contados a partir de la fecha de otorgamiento del subsidio, éste deberá ser reintegrado a su valor actualizado al momento de la enajenación.


  • Establece la figura del crédito mixto, destinado a la adquisición del terreno y la construcción de la vivienda principal.


  • El inmueble hipotecado no podrá ser vendido sin la autorización del acreedor hipotecario.


  • Exención del pago de derechos de registro y cualesquiera otros impuestos, emolumentos, aranceles, tasas o contribuciones.


  • Las protocolizaciones y otorgamientos de los documentos, deben ser registrados en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles a partir de la fecha de su presentación ante el Registro correspondiente.


jueves, 5 de agosto de 2010

Política Habitacional en Venezuela

Cuando tocamos el punto de la necesidad de comprar una vivienda, debemos referirnos necesariamente al sistema que nos rige en materia de política habitacional en Venezuela.
En marzo de 2010, se realizó la convención anual de Vivienda y Hábitat, donde se expusieron algunas ideas a nivel macro sobre la necesidad que existe en Venezuela para la solución del déficit habitacional. A continuación citaremos algunos datos, ideas y conclusiones elaborados en este seminario:

Política de Vivienda en Venezuela:

Ingreso Promedio Mensual por Hogar
Porcentaje por Hogar
Bs.F 2.913
74,10%
Bs.F 4.435
20,10%
Bs.F 7.098
5,80%

Considera a la población tomando en cuenta las siguientes variables: profesión del jefe del hogar, nivel de instrucción de la madre, principal fuente de ingresos y condiciones de alojamiento, método utilizado por el BCV en los Resultados de la Encuesta Nacional de Presupuestos Familiares (Graffar), donde a cada hogar es asignado a un estrato, dependiendo del valor del índice.
En este estudio podemos resaltar los siguientes datos:


Estrato
Clase
Total Hogares
%
Población
Ingreso Promedio Percápita
Ingreso Promedio mensual por hogar
I
Alta
376048
5,8
1.626.931
2.383
7.098
II
Media Alta
1295873
20,1
5.606.449
1.375
4.435
III
Media
2891150
44,8
12.508.237
766
2.913
IV
Media Baja
1768291
27,4
7.650.313
399
1.694
V
Baja
125475
1,9
542.853
175
828
Total

6.456.837
100,0
27.934.783
1.066
3.624

De este estudio se desprende que:


  • Sólo el 26% de los hogares están en capacidad de ahorrar para la compra de vivienda.


  • Sólo es posible comprar vivienda enfocándose en los ingresos familiares.


  • La población demandante de viviendas de interés social se caracteriza por no poseer capacidad de ahorro.

En cuanto a la demanda de unidades habitacionales, existe un déficit de 1.900.000 viviendas. En relación a las políticas establecidas por el Gobierno Nacional, se ha dado un impulso a la construcción para que se generen 200.000 unidades habitacionales anualmente, con la intención de que en 10 años se logre la meta de 2.000.000 de viviendas construidas.

Para los ejercicios 2007, 2008 y 2009 se construyeron 101.576; 114.653 y 108.518 viviendas, respectivamente, por lo que la demanda de vivienda es mayor que la oferta.

En cuantos a los lineamentos de la política habitacional, se busca el desarrollo de los sectores con menores ingresos, destinando grandes recursos para los hogares que ganan hasta 7.000 Bs.F al mes, privilegiando los sectores de la clase media alta, media y baja.

Otro dato que aporte este estudio de interés es el referido a los recursos financieros destinados para la adquisición de viviendas:

Recursos financieros DISPONIBLES de corto plazo
Cartera hipotecaria 2010

Concepto
Millones de Bs.F
Crédito promedio
Bs.F/viv
Nº viviendas
Cartera Bruta crédito al 31/12/09
159.647


Cartera Hip. Obligatoria (10%)
15.965


Créditos largo plazo, adquisición
(6%)
9.579

31.706
FIM hasta BsF 7.000 (37%)
3.544
210.000
16.880
FIM BsF 7.000 hasta 16.560 (37%)
3.544
360.000
9.844
FIM BsF 16.560 hasta 23.000 (26%)
2.491
500.000
4.982
Crédito corto plazo, construcción
(4%)
6.386


FIM hasta BsF 2.800 (50%)
3.193
120.000
26.608
FIM Bs.F 2.800 hasta 7.000 (50%)
3.193
180.000
17.739
Total Viviendas


44.347

Lo importante de estos datos es que nos dice que hay recursos solamente para un total de 44.347 viviendas, por lo que estamos antes una situación de alta demanda de viviendas y recursos limitados sólo para la adquisición de 44.347 unidades habitacionales.

Esto nos lleva a una conclusión sumamente relevante. Si somos muchos los que estamos optando para la obtención de un préstamo para la compra de vivienda y los recursos financieros son limitados:

¿Cómo podré obtener la aprobación del crédito hipotecario con tantas solicitudes en trámite?
¿Tendré opción de que mi préstamo sea aprobado?

El éxito en la consecución de la meta viene dado por la preparación adecuada de nuestro expediente , ya que tendrán más opciones, las solicitudes que estén estrictamente apegadas a las normas técnicas para la presentación del expediente crediticio de la política habitacional en Venezuela y las normas internas de la entidad financiera, evitando errores o presentación de expedientes carentes de todos los recaudos necesarios.

Entonces, esa será nuestra función: lograr que nuestro expediente esté completo. Para ello es que estamos trabajando.

Política Habitacional



Cuando se trata de comprar una vivienda-una de las decisiones más importantes que toma una persona en su vida- se nos presentan una serie de dudas, angustias e incertidumbres, sobre todo cuando es la primera vez que se hace, ya que no sabemos cuales son los pasos que hay que dar y a que entidad debemos recurrir para que nos aclaren todas las dudas que seguramente pasarán por nuestra cabeza:

¿Cuáles son los requisitos para solicitar un crédito hipotecario?
¿Qué papeles debo presentar?
¿Cuánto es lo máximo que me podría prestar el banco?
¿Cuánto voy a pagar mensualmente?
¿Qué cantidad de dinero en efectivo debo tener para el papeleo?
¿Cuáles son los gastos en que incurriré?
¿Podré pagar la cuota mensual?
¿Me aprobarán el crédito?
¿En cuánto tiempo? ¿Es rápido o lento?
¿Cuánto me van a cobrar en intereses? ¿Y comisiones?

En fin, estas interrogantes y muchísimas más se te presentarán en todo el largo proceso de embarcarte en la compra de tu primera vivienda principal.


El propósito de Política Habitacional  es brindarte información y orientación que te ayude a presentar tu solicitud de préstamo hipotecario de forma adecuada, ahorrando tiempo y dinero, para lograr la aprobación de tu hipoteca con los recursos provenientes de la política habitacional, logrando con ello la seguridad de un techo digno, contribuyendo al bienestar de tu familia.

Política habitacional es un blog que busca aclararte todas estas dudas, para que cuando decidas dar el paso de solicitar dinero prestado al banco para la compra de tu vivienda, tengas las ideas claras de cual es el proceso que vas a experimentar y sepas con toda precisión, cuales son los documentos a presentar.

Partiremos de la idea que al ser tu primera solicitud de préstamo hipotecario usando para ello la política habitacional, necesitas una orientación detallada que te lleve de la mano en todo el proceso. Es lo que me propongo lograr. Es importante que en cada artículo de este blog, dejes tus comentarios, dudas, incertidumbres, preocupaciones o aportes para que todos nos podamos servir de las experiencias de otros. No tengas ningún temor en exponer tus ideas y dudas, ya que así podemos aprender todos.

Politica Habitacional presenta paso a paso todos los elementos importantes que entran en juego a la hora de preparar un expediente crediticio y sobre todo, determinar cuál es la viabilidad de que el banco me preste para que pueda comprar mi apartamento o casa.

Politica Habitacional es elaborado a partir de la normativa legal que rige en Venezuela para la adquisición de vivienda con recursos del Sistema Prestacional de Vivienda y Hábitat, basado en principios y derechos emanados de la Carta Magna, nuestra Constitución Bolivariana de Venezuela y los elementos rectores de una adecuada politica habitacional dirigida a los sectores de la población que requieren de recursos financieros para la adquisición de una solución habitacional que dé la seguridad a la familia y satisfaga el deseo de realización personal al logro del objetivo tantas veces anhelando.

Politica Habitacional busca ser un instrumento que te dé comodidad y asesoría durante el proceso completo de la aprobación del préstamo hipotecario.

Politica Habitacional te orientará a evaluar tu situación financiera y te ayudará a presentar adecuadamente tu expediente de solicitud teniendo en cuanto la normativa legal en materia de politica habitacional.

Politica Habitacional te mantendrá informado de las leyes, reglamentos y normas legales en general y noticias que tengan que ver con el sector financiero, especialmente el que nos atañe directamente en materia de politica habitacional.

Por último, Politica Habitacional, tratará de resolver las dudas que se te presenten en el día a día, en el proceso de trámite de tu préstamo. Cualquier crítica constructiva que tengas sobre este blog, házmelo saber para que podamos mejorar. Somo conscientes que la perfección se alcanza con tus aportes, haciendo que la aprobación del préstamo sea más fácil usando Politica Habitacional.